El Ministerio de Salud prohibió este lunes la importación, distribución, comercialización, la publicidad, y cualquier modalidad de promoción y patrocinio “en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco” habitualmente llamados “Productos de Tabaco Calentado” (PTCs).

La medida fue implementada a través de la Resolución 565/2023, publicada en el Boletín Oficial. La prohibición se extiende “al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”.

La Resolución, que entrará en vigencia el martes, encuentra sus motivos en que los PTCs, que consisten en una barra de tabaco (HeatStick) y un dispositivo de calentamiento de tabaco alimentado por batería, pueden ser “un potencial riesgo para la salud de la población y el desarrollo de comportamientos adictivos en los jóvenes”.

En los considerandos de la normativa, se explica que, “en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo, las compañías tabacaleras y otras empresas han introducido en el mercado nuevos productos alternativos, como los dispositivos electrónicos para fumar o inhalar aerosoles con o sin nicotina, que son los llamados cigarrillos electrónicos (CE) y más recientemente los PTCs”.

Estos dispositivos, se explica, son promovidos en reemplazo de los cigarrillos convencionales, “especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco”.

La Resolución indica que los PTCs producen “aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehido, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud”.

Si bien en Argentina el consumo de cigarrillos electrónicos presenta valores relativamente bajos, al alcanzar al 1,1% de la población adulta según la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo 2018, “se observó un alarmante porcentaje de uso entre los adolescentes, que según la Encuesta Mundial de Tabaco en Jóvenes del año 2018, alcanzó al 7% de la población de 13 a 15 años”.

La Resolución recuerda también que el cigarrillo electrónico fue prohibido por la Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) por Disposición 3226/2011.

Fuente: C5N

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